Sociedades

  1. La escritura pública de constitución de una sociedad es un trámite necesario para dotar de personalidad jurídica propia a una entidad. En la notaría se otorga la escritura en la que constan los datos esenciales: la identidad de los socios fundadores, el tipo de sociedad elegida, los estatutos sociales, el capital aportado y el órgano de administración.

    La forma más habitual de constitución es la Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.L.), aunque también pueden constituirse Sociedades Anónimas (S.A.) u otras formas societarias, dependiendo del objeto social y del número de socios.

    Para formalizar este acto es necesario:

    • Certificación negativa del nombre emitida por el Registro Mercantil Central

    • DNI o NIE de los socios y administradores

    • Acreditación de la aportación del capital social (mediante certificado bancario o relación de bienes aportados)

    • Redacción de estatutos sociales

    • Declaración de actividad económica y domicilio social

    Una vez firmada la escritura, se puede proceder a su inscripción en el Registro Mercantil y a la obtención del NIF provisional, lo que permite el inicio de la actividad empresarial.

    .

¿TIENE DUDAS?

Venga a visitarnos o llame por teléfono.

El asesoramiento jurídico es totalmente GRATUITO.

Teléfonos:  937 670 169    y    937  671 356

Fax: 937 671 272