Separaciones y Divorcios
Desde la reforma legal operada por la Ley 15/2015, de Jurisdicción Voluntaria, es posible formalizar el divorcio o la separación de mutuo acuerdo ante notario, sin necesidad de acudir a un procedimiento judicial, siempre que se cumplan ciertos requisitos legales.
Esta opción permite una tramitación más rápida, ágil y económica, con todas las garantías jurídicas.
⚖️ Requisitos para divorciarse o separarse ante notario
Que exista mutuo acuerdo entre los cónyuges
Que hayan transcurrido al menos tres meses desde la celebración del matrimonio
Que no existan hijos menores de edad o con la capacidad modificada judicialmente que dependan de los progenitores
Que ambos cónyuges comparezcan personalmente ante el notario
Que se formalice un convenio regulador con el contenido exigido por la ley
📑 ¿Qué debe incluir el convenio regulador?
El acuerdo de separación o divorcio
El reparto de bienes comunes (liquidación del régimen económico matrimonial, si procede)
El uso de la vivienda familiar
Pensión compensatoria (si se pacta)
Cualquier otro pacto relativo a la situación personal o patrimonial de los cónyuges
📄 Documentación necesaria
DNI o NIE de ambos cónyuges
Libro de familia o certificado de matrimonio
En su caso, capitulaciones matrimoniales
Convenio regulador firmado por ambos
Escrituras o documentos de propiedad de los bienes que se repartan
Si actúa en nombre de alguno: poder notarial especial
Garantías del procedimiento
El notario revisa que el convenio se ajuste a la legalidad y vela por que ambas partes comprendan su contenido y lo otorguen de forma libre. La escritura tiene efectos legales inmediatos, y puede presentarse directamente en el Registro Civil para la inscripción del divorcio.