Actas de titularidad real
En la notaría se pueden formalizar diversos actos relacionados con la creación y modificación de sociedades mercantiles, especialmente sociedades de responsabilidad limitada (S.L.) y sociedades anónimas (S.A.).
La constitución de una sociedad requiere escritura pública y su posterior inscripción en el Registro Mercantil, para que tenga personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar.
Constitución de sociedades
Para constituir una sociedad es necesario:
Elegir una denominación social (y obtener el certificado negativo del Registro Mercantil Central)
Redactar y aprobar los estatutos sociales
Aportar el capital social mínimo (en dinero o bienes)
Designar el órgano de administración
Otorgar la escritura de constitución ante notario
Inscribir la sociedad en el Registro Mercantil
Modificaciones societarias habituales
Además de la constitución, también se tramitan en la notaría:
Cambio de administradores o apoderados
Ampliaciones o reducciones de capital
Cambio de domicilio social
Modificación de estatutos
Transformaciones, fusiones o disoluciones
Cesiones de participaciones sociales
📄 Documentación necesaria
Para constituir una sociedad:
DNI o NIE de los socios fundadores y administradores
Certificación negativa de denominación social
Certificado bancario del capital aportado (si es dinerario)
Estatutos sociales redactados (o se elaboran en la notaría)
Datos sobre el domicilio social y la actividad de la empresa
Para modificaciones posteriores:
Escritura de constitución
DNI o NIE de los socios o administradores que intervengan
Acuerdo de la junta o documentación que justifique la modificación
En su caso, estatutos vigentes y modificados
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