Actas de titularidad real

En la notaría se pueden formalizar diversos actos relacionados con la creación y modificación de sociedades mercantiles, especialmente sociedades de responsabilidad limitada (S.L.) y sociedades anónimas (S.A.).

La constitución de una sociedad requiere escritura pública y su posterior inscripción en el Registro Mercantil, para que tenga personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar.


Constitución de sociedades

Para constituir una sociedad es necesario:

  • Elegir una denominación social (y obtener el certificado negativo del Registro Mercantil Central)

  • Redactar y aprobar los estatutos sociales

  • Aportar el capital social mínimo (en dinero o bienes)

  • Designar el órgano de administración

  • Otorgar la escritura de constitución ante notario

  • Inscribir la sociedad en el Registro Mercantil


Modificaciones societarias habituales

Además de la constitución, también se tramitan en la notaría:

  • Cambio de administradores o apoderados

  • Ampliaciones o reducciones de capital

  • Cambio de domicilio social

  • Modificación de estatutos

  • Transformaciones, fusiones o disoluciones

  • Cesiones de participaciones sociales


📄 Documentación necesaria

Para constituir una sociedad:

  • DNI o NIE de los socios fundadores y administradores

  • Certificación negativa de denominación social

  • Certificado bancario del capital aportado (si es dinerario)

  • Estatutos sociales redactados (o se elaboran en la notaría)

  • Datos sobre el domicilio social y la actividad de la empresa

Para modificaciones posteriores:

  • Escritura de constitución

  • DNI o NIE de los socios o administradores que intervengan

  • Acuerdo de la junta o documentación que justifique la modificación

  • En su caso, estatutos vigentes y modificados

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